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Obtener la Residencia como Rentista

 

Este régimen es aplicable a solicitudes de residencia fundamentadas en la recepción de una renta mensual específica, por al menos cinco años, de forma permanente, irrevocable y estable.

Al ser aprobada la residencia, el solicitante puede involucrarse en actividades lucrativas de las que sea propietario, pero no como empleado o asalariado.

   
       

REQUISITOS PARA LA RESIDENCIA

Toma de Huellas, Iinvestigación de la D.I.S. e Interpol:

El primer paso para obtener la residencia -antes de presentar cualquiera de los documentos de residencia- es tomarse las huellas digitales. Este requisito se aplica al solicitante principal y a sus dependientes mayores de diez años.

La toma de huellas inicia una investigación local para verificar que el solicitante tiene un registro criminal limpio así como una solicitud a la Interpol para que realice una investigación internacional también. La Interpol usualmente toma hasta un mes en responder, por lo que es muy recomendable proceder con la toma de huellas tan pronto como haya decido solicitar su residencia.

La solicitud de huellas dactilares se realiza en un formulario aprobado previamente por Migración. Nuestro bufete le guiará en este proceso en Migración y en las Oficinas de la Policía.

Registro Ante El Consulado Del País De Ciudadanía Del Solicitante En Costa Rica:

Todos los solicitantes deberán registrarse ante el Consulado de su país de ciudadanía en Costa Rica. Cada Consulado tiene sus propios requisitos para este registro, los caules tienden a cambiar a través del tiempo, por lo que es recomendable contactarlos directamente para consultar sobre las condiciones que aplican al momento de registrarse. Este requisito no es necesario cuando el país de ciudadanía del solicitante no tiene un Consulado en Costa Rica.

Registro Ante La Caja Costarricense De Seguro Social (CCSS):

Todos los solicitantes deben registrarse ante la CCSS una vez que la residencia esté aprobada. Este trámite requerirá una reunión con un inspector de la CCSS, la determinación de un canon mensual a pagar y la obtención de las tarjetas de seguro social en la clínica local (EBAIS). Los requisitos específicos varían dependiendo de la sucursal de la CCSS en la cual se haga el registro y a través del tiempo, por lo que es recomendable consultarnos los que se necesiten en ese momento.

Solicitud Del Interesado:

Nuestra firma preparará la solicitud (o solicitudes, en caso de que haya dependientes) una vez que recibamos toda la información y documentación necesaria; la cual será presentada de forma completa ante la Dirección General de Migración y Extranjería. Se requiere una solicitud por cada miembro de la familia.

Ingreso Mensual:

Un ingreso mensual de US$2,500.00 es requerido por grupo familiar el cual puede incluir al solicitante, su esposo/a y los hijos menores de 18 años. El ingreso puede venir por medio de una carta emitida por un banco local o extranjero.

El ingreso debe estar documentado mediante una carta del banco certificando su obligación de entregar al solicitante un monto mensual de US$2,500.00 por un periodo no menor de cinco años, de una forma permanente, estable e irrevocable.

La carta mencionada debe incluir los datos personales: nombre completo, estado civil, número de pasaporte, domicilio, ocupación, y es imperativo que tenga exactamente el contenido mencionado, el cual se adjunta al final de este documento.

El banco escogido para emitir la carta deberá estar enlistado en el directorio bancario Polk. (Nosotros revisaremos esta lista por el solicitante)

Una vez lista, recomendamos enviarla por fax a nuestra oficina para verificar su aceptabilidad por el Departamento de Residentes Pensionados y Rentistas antes de consularizarla y enviarla a Costa Rica.

Antecedentes Penales:

Se requiere una certificación de historial limpio de antecedentes penales, tanto del solicitante principal como de cada dependiente mayor de quince años que se vaya a incluir en la solicitud (si los hubiere). Debe ser emitido por la autoridad administrativa del país donde el solicitante ha vivido por los últimos seis meses antes de la solicitud. Este documento se considera válido sólo por seis meses después de la fecha de su expedición.

Certificación de Nacimiento:

Se requiere un certificado de nacimiento del solicitante, y de sus dependientes (si los hubiere). Este documento debe ser expedido por las autoridades correspondientes en el lugar de nacimiento.

Certificación de Matrimonio

Sólo se requiere para los solicitantes que quieren cubrir a su cónyuge bajo el régimen.

Fotocopia del Pasaporte Completo:

Requerida tanto para el solicitante como para sus dependientes. Debe incluir todas las páginas (incluso las páginas en blanco).

Fotografías

Se requieren seis fotografías de frente.

¡IMPORTANTE!

  • Todos los documentos provenientes del extranjero necesitan autenticación del consulado de Costa Rica localizado en el país de emisión. Los consulados de Costa Rica están divididos en competencias. En la mayor parte de los casos, los Cónsules no legalizan o autentican documentos no emitidos por las autoridades dentro de su competencia. En los Estados Unidos, consulados específicos dan servicio a estados específicos. Consulte con el Consulado más cercano al lugar de emisión del documento sobre procedimientos, horas de oficina, y tarifas para cada documento en particular.

  • Todos los documentos que sean en idiomas diferentes al español deben traducirse en Costa Rica  por un traductor oficial (gestión que nuestro despacho hace por el cliente).

  • Una  vez otorgado el régimen, para poder mantenerlo, el residente no puede ausentarse del país por más de seis meses consecutivos por año, como requisito para mantener el estatus.

  • Una vez obtenido el régimen, se debe demostrar que el ingreso requerido (sea  US$2,500.00)  fue convertido a moneda nacional (colones) en algún banco del sistema bancario nacional antes del final de cada año aniversario contado desde la resolución que otorgó la residencia. Para efectos prácticos, se aconseja y es totalmente factible para cumplir el requisito, hacer un solo cambio de moneda cada año, por el monto total correspondiente a doce meses.

Favor ver modelo para Carta de Banco al final de este documento, click aquí.

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