Cambios importantes en cuanto a Salas de Lactancia en la legislación laboral de Costa Rica

El 4 de abril de 2018, se promulgó el decreto ejecutivo Nº 41080 MTSS-S “Reglamento de Condiciones para las Salas de Lactancia Materna en los Centros de Trabajo” en el que se dispusieron los requisitos que deben reunir las salas de lactancia materna en Costa Rica.   Este decreto crea cambios importantes en ciertas reglas del derecho laboral en Costa Rica y obliga a los empleadores en Costa Rica a ajustar sus centros de trabajo para el 4 de mayo de 2019.

Dicha reglamentación aplica a todos los patronos que reúnan 30 o más mujeres trabajadoras en sus centros de trabajo. Las medidas referidas en dicho documento se relacionan a aspectos tales como la infraestructura, mobiliario y acondicionamiento del espacio destinado para las salas de lactancia.

El incumplimiento a las disposiciones del reglamento, en contravención de las leyes laborales costarricenses, faculta a las autoridades del Ministerio de Trabajo y del Ministerio de Salud de Costa Rica para aplicar medidas especiales que pueden significar el desalojo y clausura del centro de trabajo, así como la cancelación de los permisos de funcionamiento. Adicionalmente, los patronos que no observen todas las disposiciones podrán verse expuestos a procesos judiciales por infracciones a las leyes de trabajo y multas que pueden variar entre 8 a 23 salarios base mensuales (de ₡ 3.569.600 a ₡ 10.262.600).