MIGRACION EN COSTA RICA: MULTAS POR PERMANENCIA ILEGAL EN COSTA RICA – AUTORIZACION DE PERMANENCIA MIENTRAS LA SOLICITUD DE RESIDENCIA EN COSTA RICA SE ENCUENTRA EN TRAMITE

Ante el gran flujo migratorio que existe en Costa Rica se incluyó dentro de la reforma realizada a la Ley General de Migración y Extranjería en el año 2010, un sistema de multas que sanciona a las personas que ingresen a Costa Rica como turistas o cualquier otra categoría de permanencia y se mantengan dentro de territorio costarricense más allá del plazo otorgado en la visa de turismo o sin los permisos correspondientes.  Sin embargo, la Dirección General de Migración y Extranjería, amparada en el artículo 33 de la ley antes mencionada, establece para los extranjeros que ingresen al país con visa de turismo y presenten el cambio de categoría migratoria -por ejemplo una solicitud de una residencia en Costa Rica-, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales  dentro del plazo otorgado para la visa, la posibilidad de permanecer en el país hasta que su trámite haya sido resuelto. Esta es una medida que las autoridades migratorias han decidido aplicar en virtud de la misma duración de las resoluciones de los diversos trámites migratorios de extranjería en Costa Rica, los cuales han sufrido un atraso importante desde la reforma de la ley.  

Dichas multas no han tenido aplicación desde la entrada en vigencia de la ley hasta la fecha, principalmente en espera de la regularización de ciertos sectores vulnerables; sin embargo, ya existe un pronunciamiento por parte de la Dirección de Migración de Costa Rica determinando que las multas serán aplicadas a partir del mes de diciembre del 2014, mismas que se cobrarán a la salida del extranjero del país, y por lo tanto las personas que extiendan su permanencia en Costa Rica más allá de los días que le fueron otorgados en su visa al ingresar al país tendrán que pagar la multa que se establezca dependiendo del tiempo que se extendió, a menos que procedan a legalizar su situación migratoria por medio de la solicitud de una residencia (por ejemplo, residente rentista, residente pensionado, residencia por vínculo, residencia como inversionista, etc.), permiso de trabajo, estancia o cualquier otra categoría migratoria en Costa Rica.